Seguro Viajero con Asistencia

Más que un seguro de viaje es tranquilidad y respaldo de la aseguradora más grande de la región.

El Instituto Nacional de Seguros ha creado un seguro para nacionales o residentes que viajan fuera de nuestro país, en calidad de turista, ejecutivo o estudiante.

Bajo la cobertura PLUS brindamos cobertura para enfermedades Pandémicas y Epidémicas (Covid-19).

Adicional a esto, con la contratación del seguro tendrás acceso a la sala V.I.P del Aeropuerto Juan Santamaría (beneficios temporales según disponibilidad)

Por medio de la Unidad de Asistencia INS, podrá coordinar con una amplia red de proveedores médicos a nivel internacional para la cobertura de gastos médicos y el beneficio se brindará por medio de pago directo, sujeto a un deducible de $100 por evento.

El seguro se calcula por la duración del viaje y la edad del asegurado, según rangos de edad (0 a 17 años / 18 a 64 años / 65 años en adelante)

¡Contemple siempre viajar seguro!

Cotizar Seguro

Beneficios

  Muerte Accidental del Asegurado
  Gastos médicos por accidente, emergencia médica o enfermedad aguda y gastos adicionales
  Gastos funerales
  Servicios de emergencia por tratamiento dental
  Repatriación sanitaria
  Repatriación de restos mortales
  Traslado aéreo de un acompañante, recomendación médica
  Alojamiento, pensión y transporte local para acompañante
  Retorno de menores
  Renta diaria por hospitalización
  Cancelación y acortamiento de viaje
  Retraso en el Viaje
  Pérdida temporal de equipaje
  Pérdida definitiva de equipaje
  Pérdida de pasaporte
  Gastos de alojamiento y transporte
  Responsabilidad civil por lesión y/o muerte de personas
  Honorarios legales por accidente de tránsito
  Fianzas legales por accidente de tránsito

FAQS

Preguntas más Frecuentes

- Avisar a la Unidad de Asistencia del INS

- Acatar las recomendaciones de la Unidad de Asistencia del INS

Números Gratuitos:
1 844 865 0804 USA
900 5 484 España
Números Directos
901 +1 (407) 264-7118 USA
(091) 189-5152 ESPAÑA
+1(407) 264-7118 Canadá/ Caribe/ Resto de las Américas
+34 (91)189-5152 Europa/ Resto del mundo

Por favor, sírvase llamar para cobrar vía operadora internacional si este servicio se encuentra disponible desde donde usted llama. Si no logra contactarse con ninguna de estas líneas, utilice como alternativas las líneas +1(305) 590-8016 y/o +34 (91)593-4227.

Asimismo, puede utilizar el correo electrónico: [email protected]

- Carta del beneficiario solicitando la indemnización.
- Fotocopia del documento de identificación del beneficiario.
- Certificado oficial de defunción en el que se especifique la causa de la muerte (en caso de emitirse en el extranjero debe aportarse apostillado).
- Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado cuando exista proceso judicial.

- Fotocopia del boleto.

- Documento original de la línea aérea en el que conste el motivo y la cantidad de tiempo (horas), del retraso o suspensión del viaje.

En caso de pérdida de equipaje el Asegurado deberá realizar la respectiva denuncia en el mostrador de la aerolínea o naviera correspondiente y comunicar inmediatamente el hecho a la Unidad de Asistencia del Instituto.

En caso de pérdida temporal.
1- Original de la denuncia al Aeropuerto, línea aérea o naval.
2- Fotocopia del pasaje.

En caso de pérdida definitiva deberá adicionar
1- Original y fotocopia de la indemnización que le dio la línea aérea, o naval y declaración jurada de que el Asegurado recibió la indemnización.

La Unidad de Asistencia del Instituto le comunicará al Asegurado los pasos a seguir, así como la dirección y horario del Consulado o Embajada más cercana; para obtener el pasaporte, salvoconducto o documento correspondiente, para salir del país y regresar al País de Residencia.

El Asegurado deberá presentar la solicitud de reembolso sobre los costos razonables por gastos de alojamiento y transporte del asegurado por perdida de pasaporte en el extranjero adjuntando la documentación de los gastos efectuados por este concepto.

- Carta del Asegurado solicitando la indemnización.

- Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado.

- Copia de la licencia de conducir.

- Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado.

- Copia de la licencia de conducir.

- Copia de la denuncia policial del Accidente de tránsito que originara la necesidad de contratar asesoramiento legal por parte del Asegurado.

- Originales extendidos a nombre del Asegurado de los recibos, y facturas extendidas por el o los abogados que lo hubieran representado, de donde surja claramente el detalle de los conceptos facturados

- Carta del Asegurado solicitando la indemnización.

- Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado.

- Copia de la licencia de conducir.

- Originales extendidos a nombre del Asegurado de la fianza abonada o de los recibos, boletas y facturas extendidos por el o los abogados que lo hubieran representado, de donde surja claramente el detalle de los conceptos facturados.

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